Contrato de Empleadas del Hogar

Después de la entrada en vigor de la nueva regulación de las empleadas del hogar, el gobierno de la nación pretende profesionalizar un oficio que en otros tiempos se presentaba precario en cuanto a que, por ejemplo, una empleada del hogar no cotizaba ante la Seguridad Social.

Esto quiere decir que al incluir los trabajos domésticos dentro del régimen general de la Seguridad Social, las empleadas de hogar comienzan a disfrutar los derechos propios de trabajadores de otras profesiones que habían estado incluidos en dicho régimen.

Esto dio paso a que se creara toda una normativa novedosa que protegiera desde una perspectiva más estricta los derechos de quienes se dedican a las labores del hogar a cambio de una paga.

Contrato de empleada del hogar por horas

Un contrato de empleada del hogar debe hacerse por escrito, siempre que el período de actividades en el cual se desarrollará la actividad remunerada sea mayor a 4 semanas consecutivas. Es necesario cumplir con este requerimiento, puesto que no hacerlo puede decantar en sanciones para el empleador.

Solo pueden prescindir de un contrato escrito aquellas prestaciones de servicios esporádicas e inferiores a 4 semanas de trabajo. Ten en cuenta, además, que siempre que no se firme un contrato entre ambas partes, y en caso que la empleada se vea en la necesidad de interponer una demanda, se sobreentenderá que el contrato era de tipo indefinido y a tiempo completo.

Según la normativa impuesta por el Ministerio del Trabajo los contratos pueden ser de dos tipos: contrato por tiempo indefinido y contrato temporal. Independientemente del tipo de contrato, este documento debe tener los datos personales del empleador y del empleado, así como datos acerca de la carga horaria que desempeñará el empleado, si es diaria, semanal o mensual y bajo que régimen se hará el pago, si diario, semanal o mensual, de acuerdo a la retribución por horas.

En dicho contrato también puede especificarse un período de prueba, que no podrá ser mayor a dos meses. Al expirar si alguna de las partes desea disolver la relación laboral, la notificación deberá hacerse por escrito con 7 días de anticipación en caso de tener un año o menos de servicio, o 20 días antes si la empleada desempeñó servicios durante más de un año.

Recuerda que cuando desees prescindir de los servicios de una empleada del hogar debes hacerlo por escrito con esos días de anticipación que establece la normativa, de lo contrario se considerará un despido. Esto implica una indemnización mucho mayor.

Otro factor importante en torno a los contratos de empleadas del hogar es que al cumplimentarlo deberás presentarlo ante la Tesorería de la Seguridad Social para dar de alta a la empleada doméstica. En ese momento la empleada quedará incluida dentro del régimen de la Seguridad Social y tendrá una cuenta de cotización, tal como cualquier otro trabajador contratado por cualquier empresario.

En caso de cambios y variaciones del salario, el empleador deberá comunicarlo a la Seguridad Social en un plazo no mayor a 6 días.

Modelos de contratos para empleadas del hogar indefinidos y de duración determinada

Los modelos de contratos para el servicio del hogar familiar están disponibles en las oficinas del SEPE, donde se debe registrar la situación del trabajador.

Son dos modelos diferentes, en función del tiempo de duración del servicio: duración determinada o indefinida.

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Al realizar el pago nos pondremos en contacto para solicitar algunos datos. El alta o baja puede registrarse en el mismo día siempre que se realice en horario laboral o al día siguiente en solicitudes fuera de horario.

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