Escrito para aplazar una deuda por Coronavirus

La pandemia mundial generada por el Coronavirus ha causado una revolución en todos los aspectos de nuestras vidas, las circunstancias han cambiado en su totalidad afectando del mismo modo los acuerdos o contratos celebrados previos a la aparición del COVID-19.

En este sentido se han generado documentos para aplazar préstamos o cualquier deuda contraída con anterioridad al Coronavirus, y que ha sido imposible cumplir con los pagos de las mismas. Así pues, tendrás la opción de replantear el pago de dicha deuda con nuevas posibles fechas de pago.

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En muchas ocasiones requerirás solicitar la suspensión de forma temporal de estos pagos, considerando la posibilidad de quedar exento del pago de dicha deuda, bien sea en forma parcial o total.

¿Cómo proceder para suspender el pago de una deuda por Coronavirus?

Bajo estas circunstancias cualquier deuda podrá ser aplazada o suspendida por un determinado lapso de tiempo, solo dependerá del acuerdo entre el deudor y el acreedor, el cual deberá ser reflejado por escrito a través de un documento privado que sirva como aval ante cualquier reclamación.

El acuerdo al que lleguen ambas partes tiene como objetivo favorecer a los involucrados. El deudor podrá pagar en un futuro cercano librándose de esta responsabilidad y el acreedor tendrá la certeza de que su deuda será saldada.

De no cumplirse dicho pacto este documento servirá de aval para introducir una demanda ante los tribunales.

Inicialmente, el hecho de tener una deuda es producto de un contrato previo bien sea por préstamos, alquileres, contrataciones o compraventas, entre otras.

Al no poder cumplir con este compromiso se plantea el aplazamiento de deuda por COVID-19, tramitado como un “Anexo” al contrato principal.

Descarga el anexo de aplazamiento de deuda al contrato original

El anexo reflejará de forma explícita los deberes y obligaciones del pago de la deuda, indicándose el importe adeudado, el concepto y la forma como se realizarán los pagos.

Estas cláusulas ofrecen garantía desde el punto de vista jurídico a ambas partes, que en algún momento la deuda será saldada en su totalidad.

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