Escrito para reclamar al inquilino el pago de consumo de luz

Cuando eres arrendador de espacios destinados para vivienda o locales comerciales puedes enfrentarte a diversas situaciones derivadas del impago de diferentes deudas que tu arrendatario tenga obligación de pagar de acuerdo a lo acordado en el contrato de arrendamiento.

Entre dichas deudas en las que el arrendatario pudiera incurrir en un impago existen algunas comunes. La principal, por evidentes razones, sería el atraso o directamente el impago de la renta.

Existen otras situaciones, como por ejemplo adeudar facturas por motivos de reparaciones, cuyo pago corre por cuenta del arrendatario. De la misma forma, entre dichas situaciones comunes en que el arrendatario no cumple con un pago, puede presentarse la circunstancia que deje de pagar servicios básicos como la electricidad, el agua o el gas.

Lógicamente, para solucionar cada una de dichas situaciones existe una regulación materializada a través de la Ley de Arrendamientos Urbanos o LAU. En ésta se especifica la manera en la que se debe proceder ante cualquier impago fijado en contrato en el que pudieran incurrir cualquiera de las partes y que se contemplan en el siguiente escrito.

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Partiendo de lo estipulado en dicha Ley, al igual que de lo establecido en el contrato por mutuo acuerdo, el arrendador cuenta con un recurso escrito mediante el cual puede solicitar el pago de las facturas que adeuda el arrendatario. Lo cual es el tema a tratar en el siguiente artículo.

¿Qué establece la Ley respecto al pago del suministro eléctrico?

Según lo expuesto en el artículo 20.3 de la LAU, será el inquilino quien corra con los gastos de consumo eléctrico siempre que la vivienda o local comercial esté equipada con contador individual, siempre que en el contrato no se haya acordado lo contrario.

Esto es independientemente de que la factura se emita a nombre del arrendador o el arrendatario.

Por otra parte, y según lo establecido en dicho artículo, será el propietario quien pagará la factura de electricidad cuando la vivienda no disponga de contador eléctrico individualizado.

Aun así, cabe destacar que comúnmente el acuerdo al que llegan las partes en el contrato es dejar la responsabilidad del pago de los servicios al inquilino. A partir de allí, puede acordarse también que las facturas sean emitidas a nombre de cualquiera de las partes, pero siempre dejando la responsabilidad del pago al inquilino.

Saber que cuando el arrendatario incurre en el impago de las facturas de luz (agua, gas, etc.) recurrentemente, la situación será motivo de extinción del contrato de arrendamiento por parte del arrendador, pudiendo incluso presentar demanda por desahucio y exigir el pago total de lo que se le adeude.

¿Qué hacer cuando el inquilino no paga las facturas de luz?

La respuesta a esta interrogante dependerá de lo establecido por contrato entre ambas partes, pues básicamente existen dos circunstancias específicas en las cuales se determina por cuenta de quién corre el pago de la factura de electricidad.

Sin embargo, lo más recomendable es que cuando se presente la situación de impago sea el arrendador quien cubra los gastos mientras se consigue una solución.

Esos dos casos mencionados anteriormente bajo los cuales pudiera darse la situación de impago, pero siempre teniendo en cuenta que en ambos casos el pago corre por cuenta del inquilino, son básicamente los siguientes:

  1. Cuando la factura está a nombre del arrendador: en este caso, siempre que en el contrato se establezca que es el inquilino quien está obligado a pagar el servicio eléctrico, el arrendador debe pagar y presentar las facturas a su inquilino para que este le reembolse los gastos.
  2. Cuando las facturas por concepto de servicio eléctrico están a nombre del arrendatario:  evidentemente, es el inquilino quien debe pagar las facturas.

Impago de la factura de electricidad cuando se emite a nombre del arrendador

En este caso la factura que emite la compañía suministradora figura el nombre del arrendador. Cuando esto es así y por lo establecido en el contrato, es el inquilino quien debe pagar el servicio. Independientemente de que sea el nombre del arrendador el que aparece en el recibo, el responsable del pago será el arrendatario.

Dada la circunstancia en la cual el inquilino no paga el servicio eléctrico, lo primero será solicitar mediante un escrito formal, el pago de la deuda. Si la situación persiste, lo más recomendable será que el arrendador recurra a la resolución del contrato, pero pagando los servicios.

Si la compañía suministradora interrumpe el servicio el inquilino podrá valerse de ello y alegar inhabitabilidad de la vivienda.

De igual modo, existen diversos supuestos en los que puedes llegar a un acuerdo con tu inquilino.

  • Puedes proponerle que pague la totalidad de la deuda, olvidar lo sucedido y que continúe en el inmueble sin necesidad de recurrir a la resolución del contrato.
  • Otro escenario posible es solicitarle al inquilino el pago de la deuda y el desalojo de la vivienda.

Por otra parte, y en caso de no llegar a un acuerdo por las buenas, el arrendador puede recurrir a la vía judicial exigiendo el pago de la deuda, solicitando el desalojo del inquilino o exigiendo ambas cosas.

Si en el contrato se ha establecido resolver conflictos mediante arbitraje, entonces podrás recurrir a este recurso y esperar el Laudo por parte del árbitro para que el inquilino se vea en la obligación de pagar la deuda.

Si el inquilino se niega a pagar la deuda, solo quedará la vía judicial y será el juez quien resuelva el conflicto.

En caso de lograr el cese del contrato y el posterior desalojo del inmueble, el ahora ex inquilino estará en la obligación de pagarte la deuda por concepto de servicio eléctrico íntegramente.

Descargar modelo de escrito para reclamar al inquilino el pago de los servicios de luz

Se trata de un sencillo modelo en el cual se solicita formalmente al inquilino el pago de todas las facturas de luz que adeude hasta el momento. Sirve para cualquier otro suministro como agua, gas, calefacción, etc.

Este documento puedes editarlo con los datos pertinentes de propietario e inquilino, nombres y apellidos, fechas, direcciones, etc. Es recomendable hacer llegar este escrito al inquilino mediante burofax, de manera que quede copia y constancia.

A continuación, el enlace que puedes seguir para acceder a este útil modelo de escrito para reclamar a tu inquilino el pago de las facturas de luz (agua, calefacción, gas o cualquier suministro o servicio) listo para imprimir:

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